Bases y condiciones: Promoción "Bonificación hasta 50%"

1.- ORGANIZADORA: La promoción denominada “Bonificación hasta 50%” (en adelante, la “Promoción”) es organizada por MUTUAL FEDERADA 25 DE JUNIO S.P.R., con domicilio legal en Moreno 1222, ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, CUIT 30-54159260-8, en adelante, la “Organizadora”.-

2.- VIGENCIA: La Promoción será válida para solicitudes de ingreso realizadas y aprobadas entre el 20 de marzo de 2026 y el 30 de junio de 2026, inclusive.-

3.- ALCANCE: La Promoción será aplicable exclusivamente a nuevos asociados que soliciten su ingreso a los planes de cobertura de salud ofrecidos por la Organizadora dentro del período de vigencia indicado. El alta se encuentra sujeta al proceso de admisión y evaluación correspondiente, conforme la normativa aplicable y las políticas vigentes de la Organizadora. La Promoción aplica únicamente a altas iniciales y no será aplicable a reingresos o cambios de plan u otras modalidades que determine la Organizadora.-

4.- BENEFICIO PROMOCIONAL: La Promoción consiste en una bonificación de hasta el cincuenta por ciento (50%) sobre el precio de lista vigente del plan contratado, conforme el plan elegido, grupo, franja etaria del ingresante y modalidad de pago seleccionada. El beneficio promocional será aplicable exclusivamente al valor correspondiente al titular del grupo familiar, no alcanzando a los demás integrantes del grupo asociados al mismo contrato, quienes abonarán el valor de cuota que corresponda conforme el plan contratado y la normativa vigente. Las bonificaciones se aplicarán sobre el precio de lista vigente al momento de cada facturación.-

5.- PLANES DEL GRUPO G1: Para los planes comprendidos dentro del Grupo G1, se otorgará una bonificación del quince por ciento (15%) durante seis (6) meses desde la fecha de alta efectiva del asociado, más un diez por ciento (10%) adicional por adhesión al débito automático, siempre que el asociado mantenga vigente dicha modalidad de pago

6.- PLANES DEL GRUPO G2: Para los planes comprendidos dentro del Grupo G2, que incluyen: Plan 3000, Plan 4000, Plan Familia, Plan Joven, Rosario, Rosario Plus, Córdoba y Córdoba Plus, la bonificación tendrá una duración de hasta doce (12) meses desde la fecha de alta efectiva, conforme el siguiente esquema:

a) Personas de hasta cincuenta y un (51) años de edad: Meses 1 a 3: 40% de bonificación + 10% adicional por adhesión al débito automático; Meses 4 y 5: 30% de bonificación + 10% adicional por adhesión al débito automático; Meses 6 y 7: 20% de bonificación + 10% adicional por adhesión al débito automático; Meses 8 y 9: 10% de bonificación + 10% adicional por adhesión al débito automático; Meses 10 a 12: 10% de bonificación exclusivamente por adhesión al débito automático.

En el caso del Plan Joven, la bonificación del 10% por adhesión al débito automático se extenderá hasta el mes dieciocho (18) inclusive, siempre que el asociado mantenga vigente dicha modalidad de pago.

b) Personas de cincuenta y un (51) años de edad o más: Meses 1 a 3: 30% de bonificación + 10% adicional por adhesión al débito automático; Meses 4 y 5: 20% de bonificación + 10% adicional por adhesión al débito automático; Meses 6 y 7: 10% de bonificación + 10% adicional por adhesión al débito automático; Meses 8 y 9: 10% de bonificación exclusivamente por adhesión al débito automático; Meses 10 a 12: 5% de bonificación exclusivamente por adhesión al débito automático.

7.- BENEFICIO PARA ASOCIADOS PROVENIENTES DE PATAGONIA: Para las personas que se incorporen provenientes de Patagonia, el beneficio consistirá en una bonificación anual del veinticinco por ciento (25%) sobre el precio de lista vigente del plan contratado, aplicable tanto a planes del Grupo G1 como del Grupo G2.

8.-CONDICIÓN DE DÉBITO AUTOMÁTICO: La bonificación adicional vinculada a la adhesión al débito automático mediante tarjeta de crédito, débito u otros medios habilitados por la Organizadora tendrá carácter accesorio y complementario de la bonificación promocional originalmente otorgada. La vigencia de la bonificación adicional quedará sujeta al mismo plazo de duración de la bonificación originalmente otorgada, sin que la continuidad de la adhesión al débito automático implique su extensión automática. La pérdida o cancelación de la adhesión al débito automático implicará la pérdida automática de la bonificación adicional correspondiente desde el período de facturación inmediato siguiente.

9.- NO ACUMULABILIDAD: La presente Promoción no es acumulable con otros descuentos, bonificaciones, promociones, convenios corporativos o beneficios vigentes ofrecidos por la Organizadora, salvo que esta disponga expresamente lo contrario.

10.- MODIFICACIONES: La Organizadora se reserva el derecho de modificar, suspender o cancelar la presente Promoción por razones comerciales, operativas o regulatorias, informándolo oportunamente a través de sus canales habituales de comunicación.

11.- ÁMBITO TERRITORIAL: La Promoción será válida dentro del territorio de la República Argentina, conforme las condiciones establecidas en el presente documento.

12.- ACEPTACIÓN: La participación en la presente Promoción implica el conocimiento y aceptación plena de las presentes Bases y Condiciones.

 

Superintendencia de servicios de salud | Órgano de control de obras sociales y entidades de medicina prepaga | 0800 222 SALUD (72583) | www.argentina.gob.ar/sssalud (R.N.E.M.P.) 1158 

© Copyright 2025 Mutual Federada 25 de junio S.P.R. - Todos los derechos reservados.

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